Año Santo
Compostela goza de un singular privilegio concedido por vez primera hacia el Año 1122. Aunque la Bula de concesión más antigua, que conservamos, es la Regis Aeterni del papa Alejandro III fechada en 1179, en ésta se confirma el privilegio del papa Calixto II (1118-1124). Este papa, hermano de Don Raimundo de Borgoña y, por lo tanto, tío del rey Alfonso VII, fue un gran benefactor de la Iglesia de Compostela. El privilegio concedido, y confirmado por Alejandro III, consiste en que cada año que el 25 de julio, fiesta del Apóstol Santiago, coincide en domingo se podrán ganar en la Iglesia de Compostela en plenitud las gracias del Jubileo.
Por los años bisiestos, se produce un ciclo de ser cada 11, 6, 5, 6, 11, 6... años.
Año Santo o Jubilar
Es un tiempo en que la Iglesia concede singulares gracias espirituales a los fieles a imitación de lo que la Biblia dice del Año Jubilar de los Israelitas:
- Cada 7 años era Año Sabático, en él recuperaba las tierras quien las había vendido por necesidad y los esclavos adquirían la libertad.
- Cada 50 años era Año Jubilar (Lv 25).
Condiciones para ganar el Jubileo
- Visitar la Catedral de Santiago donde se guarda la Tumba de Santiago el Mayor.
- Rezar alguna oración (al menos, el Credo, el Padrenuestro y pedir por las intenciones del Papa) Se recomienda asistir a la Santa Misa.
- Recibir los sacramentos de la penitencia (puede ser 15 días antes o después) y de la Comunión. Estos dos sacramentos realizan la conversión y el compromiso de amor con Jesús y nuestros hermanos. Ésta es la herencia de Santiago.
La gracia del jubileo consiste fundamentalmente en una indulgencia plenaria para el perdón de la pena que merecen nuestros pecados. Los próximos Años Santos serán el 2027, 2032, 2038, 2049, 2055 ...